El Tribunal Supremo ha emitido dos sentencias clave respaldando las restricciones de los ‘apartamentos turísticos’ en comunidades de propietarios que prohíben explícitamente el uso residencial para actividades económicas. En este caso, la corte considera que el alquiler de viviendas con fines turísticos se clasifica como una actividad económica.
Estas sentencias no aplican la nueva regulación de la Ley de Propiedad Horizontal, que requiere el voto de las tres quintas partes de los propietarios para limitar o condicionar la actividad económica. Más bien, se centran en determinar si los estatutos comunitarios prohíben específicamente destinar las viviendas al alquiler turístico.
En una de las sentencias, la comunidad de propietarios del edificio “La Jirafa Élite” en Oviedo ha obtenido la razón, resultando en la orden de cesar la actividad de alquiler turístico en dos pisos. El tribunal argumenta que los estatutos prohíben expresamente actividades económicas en las viviendas, reservando su uso exclusivamente residencial.
Análisis y Repercusiones
Esta decisión ha generado diversas reacciones tanto en el ámbito legal como en el sector inmobiliario:
- Protección de la convivencia: Muchos propietarios y residentes ven en esta sentencia una forma de proteger el carácter residencial de sus comunidades, evitando que la actividad comercial desvirtúe el uso principal de las viviendas.
- Impacto en el mercado turístico: Por otro lado, algunas asociaciones del sector turístico señalan que la medida podría reducir la oferta de alojamiento a corto plazo, lo que afectaría la competitividad y la economía local en zonas de alta demanda turística.
- Precedente legal: Expertos en derecho y urbanismo consideran que este fallo podría sentar un precedente importante, marcando el camino para futuras interpretaciones de la Ley de Propiedad Horizontal en relación con el alquiler turístico.
Implicaciones Futuras
La sentencia invita a reflexionar sobre el equilibrio entre el desarrollo turístico y la calidad de vida de los residentes. Entre las implicaciones futuras destacan:
- Revisión normativa: Es posible que, a raíz de este fallo, se impulse una revisión de las normativas locales y autonómicas para definir con mayor claridad los límites y condiciones en las que se permite el alquiler turístico en comunidades de vecinos.
- Adaptación del mercado: Los propietarios que actualmente utilizan sus viviendas para actividades económicas podrían verse obligados a cambiar su modelo de negocio o a modificar sus estatutos comunitarios para adaptarse a las nuevas interpretaciones legales.
- Debate social: La decisión también abre la puerta a un debate más amplio sobre la influencia de plataformas como Airbnb en la convivencia urbana y la necesidad de regular la actividad turística sin perjudicar el tejido social de las comunidades.
Conclusión
La decisión del Tribunal Supremo no solo refuerza la normativa existente sobre el uso residencial de las viviendas en comunidades de vecinos, sino que también pone en evidencia la creciente necesidad de encontrar un equilibrio entre el impulso del turismo y la protección de la calidad de vida de los residentes. Se espera que este fallo sirva como catalizador para futuras reformas y que fomente un diálogo constructivo entre legisladores, comunidades de propietarios y el sector turístico.
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